Entrada en vigor del derecho de residencia en España para los extranjeros que hayan adquirido un inmueble
Esta norma, conocida como “ley del visado de oro”, permite a los inversores extranjeros la libre entrada y residencia en la Unión Europea
El 30 de septiembre de 2013 el Boletín Oficial del Estado español (BOE) ha publicado la tan esperada nueva ley para inversores extranjeros. A partir de ahora los ciudadanos de países no pertenecientes a la Unión Europea que inviertan en España al menos 500.000 €, por ejemplo en inmuebles, podrán solicitar el denominado visado para inversores, que tendrá una validez de un año. Durante ese período no existirá para el inversor ninguna obligación de residencia mínima en España, sino que podrá mantener su domicilio principal –y por lo tanto su domicilio fiscal– en su país de origen.
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